El bono por antigüedad es un incentivo otorgado por el Gobierno por medio de Acuerdo Gubernativo 838-92 a los servidores de la Administración Pública que cumplan cinco años de servicios ininterrumpidos dentro de la administración pública y cuyo puesto no se encuentre dentro de las excepciones que establece el acuerdo citado.
REQUISITOS:
Debe elaborarse una nómina de personal, la cual debe estar debidamente certificada, firmada y sellada por la persona que la autoriza, dentro de su contenido debe consignarse la siguiente información:
Nombre y apellidos completos;
Fecha de ingreso;
Partida presupuestaria completa;
Puesto que ocupa;
Número de años de servicios prestados;
Si alguna persona que adquiere al derecho de bono por antigüedad ha laborado en más de una dependencia deberá adjuntarse a la Nómina, la certificación de servicios de esa o esas instituciones.
Elaborar oficio por medio del cual se traslada la nómina a la ONSEC
Enviar a la ONSEC la nómina en original y copia.
Oficina Nacional de Servicio Civil
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